El miércoles día 18 de diciembre, Fiesta de la Expectación del Parto de Nuestra Señora, esta Hermandad celebrará Misa Solemne en honor de su Venerada Titular, Nuestra Señora del Amparo. Esta Misa se celebrará como viene siendo tradicional en los últimos años en rito hispano mozárabe presidida por nuestro hermano el M. I. Sr. D. Ángel Gabriel Gómez Guillén, Pbtro., Canónigo Dignidad de Chantre de la S. M. P. Iglesia Catedral de Sevilla. Se iniciará el culto a las 20:00 h. con el rezo del Santo Rosario, concluyendo con el canto de la Antiphona "Alma Redemptoris Mater" Contribuirá a la Solemnidad del Culto la participación musical de la Schola Gregoriana Hispalense.
EL RITO HISPANO-MOZÁRABE
El antiguo rito hispánico formó parte del grupo de las
liturgias de lengua latina que entre los siglos V y VII se constituyeron en
Occidente.
Las dos únicas liturgias occidentales que pudieron
formarse ampliamente, con abundancia de medios, sin límites de tiempo y sin
obstáculos de cualquier género procedentes del exterior, fueron los ritos
romano e hispánico.
En la formación del rito hispánico intervinieron tres
grandes sedes metropolitanas: Tarragona, Sevilla y Toledo.
La mayoría de autores de texto y cantos quedó en el
anonimato. Pero la tradición ha conservado algunos de sus nombres: Justo de
Urgell (primera mitad del s. VI), San Leandro de Sevilla (c. 540-600), San
Isidoro de Sevilla (C. 560-636), Pedro de Lleida (med. s. VII), Conancio de
Palencia (med. s. VII), San Eugenio II
de Toledo (+ 657), San Ildefonso de Toledo (c. 610-667), San Julián de Toledo
(c.642-690).
La solicitud de las iglesias, en España, para realizar
sabiamente, del mejor modo posible, la
celebración de la Eucaristía y del oficio divino, la ordenación del año
litúrgico y de los sacramentos y sacramentales, se manifiesta también en la
atención que los concilios dedican a las cuestiones litúrgicas.
Disposiciones relativas a la liturgia emanan de los
concilios de la provincia Tarraconense de la primera mitad del siglo VI, de los
concilios de Braga y, a partir del IV Concilio de Toledo (a. 633), que consagra
a la liturgia diecisiete de sus cánones, volverían a ocuparse de liturgia
varios de los concilios toledanos del siglo VII.
En la formación del rito convergen, por lo tanto, la obra
literario-doctrinal de los Padres de las Iglesias hispánicas y la legislación
de los concilios. Pero el valor documental de las disposiciones conciliares no
siempre es de carácter estrictamente disciplinar.
San Isidoro de Sevilla, que en sus años juveniles había
escrito el tratado “De Ecclesiaticis Officiis”, que bien puede ser
tratado el «primer manual» de liturgia de la historia. Allí se demostraba ya
informado sobre los usos litúrgicos de otras iglesias occidentales. El mismo
San Isidoro, en la plena madurez de su erudición y su experiencia pastoral,
presidió el IV Concilio de Toledo y redactó personalmente las actas del mismo.
Los cánones relativos a la liturgia no eran ya simples normas de observancia;
antes bien, cada uno de ellos contenía una ilustración adecuada para que fuesen
comprendidas las razones históricas o doctrinales de los que el Concilio
ordenaba.
El X Concilio de Toledo (656) instituía la fiesta se
Santa María, el 18 de diciembre. Esta vez el canon I fue redactado por San
Ildefonso, que jugó un papel decisivo en aquel Concilio. Las razones que en el
mismo se exponen son de máximo interés para la historia y la teología del año
litúrgico.
Desde las iglesias hispánicas, que antes de proceder a la
constitución de una liturgia autóctona habían adoptado formularios procedentes
de otras iglesias, se siguieron observando los signos de evolución que se
producían en otras iglesias locales. Ni en el momento de mayor intensidad
creadora se pierde el contacto con las lejanas liturgias de Oriente -de tipo
alejandrino, antioqueno o siro-caldeo- y con las más cercanas de Galia
meridional, Milán y Roma. La liturgia hispánica iba afirmándose, manteniéndose
siempre vinculada a la tradición universal.
La compilación de libros litúrgicos, o gran parte de
ellos, es atribuida a San Julián por su mismo biógrafo. Con ello se daba un
paso decisivo hacia la efectiva uniformidad litúrgica, por lo menos en dos
provincias eclesiásticas: la Tarraconense y la Cartaginense; la capitalidad de
la cartaginense se había establecido en Toledo.
La invasión de los árabes interrumpió bruscamente el
proceso evolutivo del rito hispánico. Algunos clérigos consiguieron emigrar
llevando consigo los libros litúrgicos. Un baluarte de resistencia a la ocupación
islámica se había establecido en Asturias Apenas consolidada aquella base para
la futura reconquista, el año 790, Alfonso el Casto decretó que en Oviedo fuese
restaurada la liturgia palatina, tal como se había celebrado en Toledo.
Mientras que en los condados que liberados del poder
árabe formaron Cataluña se impuso el rito romano, en la España ocupada por los
árabes y en los nuevos reinos de León, Castilla y Navarra, se seguía celebrando
el antiguo rito.
El papa Gregorio VII, en 1080, logró la abolición del
rito «gótico» en Castilla y León, e impuso el rito romano. Los cristianos que
permanecieron fieles a su fe en territorio musulmán tomaron el nombre de
«mozárabes». El antiguo rito pervivió en las parroquia mozárabes de Toledo. Al
liberar la ciudad, en 1085, el rey Alfonso VI concedió a los mozárabes el
privilegio de poder seguir celebrando el antiguo rito hispánico en las seis
parroquias que entonces existían en la ciudad.
Los escritorios de las parroquias de Santas Justa y
Rufina y de Santa Eulalia siguieron renovando los libros litúrgicos del antiguo
rito durante los siglos XII y XIII, hasta principios del siglo XIV. Los
manuscritos copiados en la parroquia de Santas Justa y Rufina se distinguen de
los demás códices procedentes del norte de la Península y del escritorio de
Santa Eulalia de Toledo. La tradición representada por ellos presenta signos
innegables de arcaísmo, y no puede ser considerada una versión reformada de la
tradición resultante de la obra de codificación de San Julián de Toledo.
Varios indicios inducen a identificar en la tradición de
la parroquia toledana de Santas Justa y Rufina la liturgia tal como se
celebraba en la iglesia metropolitana de la provincia Bética, la sede de San
Leandro y San Isidoro, que los emigrantes del sur habían llevado consigo a
Toledo, y que habrían celosamente observado en la citada parroquia dedicada a
las mártires sevillanas.
Por otra parte, cuando el cardenal Fray Francisco Jiménez
de Cisneros emprendió la restauración del rito hispánico, la misma parroquia de
Santas Justa y Rufina era la que perseveraba con mayor constancia en la
conservación del rito, mientras que casi todas las parroquias mozárabes habían
adoptado el rito romano. En 1500 apareció el Misal y en 1502 el Breviario. Con
estos elementos se ha celebrado en Toledo el rito hispano-mozárabe hasta
nuestros días.
Son razones litúrgico-pastorales las que han movido al
Concilio Vaticano II a promover la reforma de la liturgia romana y a la
revisión de los otros ritos no romanos, según la santa tradición para que
adquieran nuevo vigor.
El 17 de julio de 1988, festividad de las santas Justa y
Rufina, patronas de Sevilla y titulares de la parroquia Mozárabe de Toledo, la
Santa Sede aprobaba «ad interim» los primeros frutos del trabajo realizado: el
Ordo Missae, el Propio del Tiempo del Misal y los Prenotandos, que previamente
habían sido aprobados por la Conferencia Episcopal española.
En la actualidad el rito hispano-mozárabe puede
utilizarse de modo extraordinario en cualquier diócesis española, con permiso
del Ordinario del lugar